jueves, 2 de junio de 2016

El ROF en su artículo 28 deja bien claro el derecho de los políticos con respecto al uso de los espacios municipales.
Algún jeta ha estado años y años viviendo del cuento con una empresa privada montada en instalaciones municipales y sin pagar luz, agua ni alquiler... Vamos q se montó una empresa privada en dependencia municipal sin permiso alguno y por la cara!!!... Ahhh! Y q se deje ya de jueguecitos q se lo tendrá q explicar al juez!
Creo q está clara la diferencia entre ese jeta y el uso de un despacho de un concejal!!! ... Aunq pretender que un ignorante entienda la diferencia es una ardua tarea!
Ladran... luego cabalgamos!!!!...
Seguimos!!!!!!....