domingo, 10 de abril de 2016

Me piden q lo comparta:
El JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 6 DE MÓSTOLES CONSIDERA QUE NO TIENE RELEVANCIA PENAL EL QUE UN POLICÍA LOCAL DE VILLANUEVA DE LA CAÑADA DIGA “CUANDO VAMOS A FOLLAR Y CUANDO ME VAS A COMER LA POLLA” A UNA TRABAJADORA DE PROTECCIÓN CIVIL DE VILLANUEVA DE LA CAÑADA EN HORARIO LABORAL.
La Juez sustituta del Juzgado de Instrucción nº 6 de Móstoles, Dª María Luisa Álvarez-Castellanos Villanueva ha dictado sentencia en la cual considera como hechos probados que un policía local de Villanueva de la Cañada, en marzo de 2014, en la parte posterior del inmueble que comparten protección civil y policía local de Villanueva de la Cañada estando los dos trabajando y en compañía de otras dos personas, profirió las expresiones “cuando vamos a follar y cuando me vas a comer la polla” contra la trabajadora de protección civil de Villanueva de la Cañada.
Aún a pesar de reconocer los hechos como probados, la propia juez no los considera constitutivos de delito dado que según los testigos son una forma de hablar habitual en ese contexto laboral no teniendo relevancia penal por haberse realizado “en un ambiente jocoso de broma”. Dicha mujer sufrió este trato durante años en que fue trabajadora del Ayuntamiento de Villanueva de la Cañada.
Considera así mismo que la crisis de ansiedad sufrida por la trabajadora de protección civil no tiene conexión con este hecho, pues según la propia juez puede haber sido ocasionada por cualquier otra causa, todo ello incluso después de escuchar el dictamen de la médico forense adscrita al juzgado y que manifestó que los síntomas de la denunciante dan una patología compatible por acoso laboral y sexual.
Dice su señoría en otra parte de la sentencia “que si bien desacredita al agente municipal, en el contexto en que fueron proferidas teniendo en cuenta el encanallamiento progresivo del lenguaje no puede ser constitutivo de infracción penal, por lo que habrá de ser absuelto”.
En dicho procedimiento otro agente compañero, refiere textualmente le ha proferido esas mismas frases u otras del tipo “me voy a sacar el rabo y te voy a reventar el culo” y “te voy a poner la polla en el hombro y te la vas a comer entera”.
Denunciar estos hechos ha desencadenado una cruzada de descredito hacia el padre y la madre la de victima en el Ayuntamiento de Villanueva de la Cañada, siendo trabajadores ambos del mismo, en un giro de acontecimientos tras la denuncia pasan de ser personas consideradas, a fabricarse una serie de falsas explicaciones que se convierten en imputaciones y atribuciones acerca de la perversidad, mala intención, y maldad intrínseca de la víctima y su entorno.
La trabajadora ha interpuesto recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid por entender que en momento alguno ha participado en el denominado “ambiente jocoso” en el que al parecer se desenvuelve este departamento municipal y entender la sentencia es incongruente dejando impune al denunciado.
Ahora será normal escuchar como alguien saluda a una conductora del autobús, o de un agente judicial masculino a una secretaria de un juzgado con un: Hola ¿Cuándo me comes la polla?.